Friday, September 25, 2015

Las claves para entender la resolución de la Corte



El Tribunal Internacional de La Haya dirimió sobre la objeción de Chile, que discutía la competencia del tribunal sobre la demanda boliviana, que plantea la Obligación de Negociar un Acesso Soberano al Océano Pacífico. Te presentamos un resumen de la sesión de este jueves:

La Corte inició el desarrollo del fallo exponiendo el contexto desde la independencia de ambos países de la corona española, el territorio que tenían y la pérdida de acceso al mar de Bolivia.

En segunda instancia, luego de enunciar la demanda de negociación que hace Bolivia, detalló los argumentos de Chile y la respuesta boliviana.

El Tribunal dejó en claro que si bien se puede suponer que la meta final de Bolivia es obtener un acceso soberano al Océano Pacífico, hay que distinguir entre ese objetivo y la disputa actual.

La Corte concluyó que el objeto de la controversia es si Chile tiene o no la obligación de negociar de buena fe con Bolivia y, de existir tal obligación, determinar si Chile ha incumplido la misma.

El Juez Ronny Abraham continuó la lectura del fallo que indica que el Artículo VI del Pacto de Bogotá (al que apelaba Chile en su recurso) no impide la competencia de la Corte y, por lo tanto, la objeción preliminar de Chile debe ser desestimada.

Luego de ratificar la competencia de la entidad, se puso en votación dos conceptos:

1. ¿Rechaza la excepción preliminar interpuesta por la República de Chile?

2. ¿Encuentra que es competente, sobre la base del artículo XXXI del Pacto de Bogotá, a la solicitud presentada por el Estado Plurinacional de Bolivia?

En ambas consultas, la respuesta afirmativa obtuvo 14 de 16 votos.

Uno de los jueces había señalado, según se lee en el fallo, que el recurso a los principios del derecho internacional son ineluctables y están siempre presentes en los niveles de fondo y de procedimiento.

El texto continúa manifestando otro argumento de los jueces que votaron a favor, el que expresa que la Corte tiene pleno derecho a determinar libremente el orden en que se va a resolver las cuestiones planteadas por las partes contendientes y que no está limitada por los argumentos presentados por las partes.

Respecto al Pacto de Bogotá, señala que “fue la culminación de la postura sostenida y duradera de Estados de América Latina en apoyo a la solución pacífica de las controversias”.

Por otra parte, los jueces que argumentaron en contra señalaron que el fallo debería haber sido pospuesto hasta después de una audiencia completa sobre el fondo.

Los dos jueces contrarios a la competencia de la CIJ señalaron que la forma en que Bolivia planteó su reclamo cambió entre la demanda, el Memorial y la Primera y Segunda Ronda de audiencias orales, lo que dificultó determinar el alcance y contenido de la supuesta obligación de Chile de negociar una salida soberana de Bolivia al Océano Pacífico.

Jueces que votaron a favor: el presidente Abraham; el vicepresidente Yusuf y los jueces Owada, Tomka, Bennouna, Cançado Trindade, Greenwood, Xue, Donoghue, Sebutinde, Bhandari, Robinson, Gevorgian; Judge ad hoc Daudet;

Jueces que votaron en contra: Los jueces Gaja y Arbour.

Las cinco frases que marcaron el fallo de La Haya

1. Si bien se puede suponer que el acceso soberano al Océano Pacífico es la meta final de Bolivia, hay que distinguir entre ese objetivo y el conflicto relacionado pero distinto presentado por Bolivia.

2. El Artículo VI del Pacto de Bogotá (al que apelaba Chile en su recurso) no impide la competencia de la Corte y por lo tanto, la objeción preliminar de Chile debe ser desestimada.

3. Se resuelve rechazar la objeción preliminar de la República de Chile por 14 votos contra 2.

4. Los principios del derecho procesal internacional son ineluctables.

5. La Corte tiene pleno derecho a determinar libremente el orden en que se van a resolver las cuestiones planteadas por las partes contendientes.

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