La abogada argentina Mónica Pinto expone ante la Corte por el equipo jurídico chileno sus argumentos contra Bolivia en el marco de la competencia de La Haya.
Frases textuales:
"Bolivia sabía que el Tratado de Paz de 1904 resolvía si es que tenían derecho a un acceso al Océano Pacífico"
"Las aspiraciones de Bolivia datan hace más de un siglo"
"Señor presidente, deseo ahora referirme a a actitud de Bolivia en cuanto al Pacto de Bogotá", dice la abogada.
"El articulo VI corresponde a las fuentes de derecho aplicables a un diferendo"
"Un asunto se rige por un tratado si este regula la relación que existe entre las partes en relación a este asunto", dice Pinto.
Pinto habla sobre la decisión de la corte en el diferendo entre Nicaragua y Colombia, donde fallan basándose en el artículo VI del Pacto de Bogotá.
"Chile no habría firmado ni ratificado el pacto si este no hubiera limitado que Bolivia presentara finalmente a la Corte su aspiración a una salida al mar"
"En 1948 se fija el punto de partida de un nuevo sistema interamericano, este entrañaba su propio sistema judicial autónomo para la solución pacífica de los diferendos. Era esencial entonces favorecen la colaboración entre los Estados"
"El Pacto establecía por primera vez un sistema de solución judicial de los diferendos de América", dice la jurista internacional.
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