Saturday, March 24, 2018

Pinto afirma que la OEA nunca impuso a Chile negociar salida al mar



Chile no tiene ninguna obligación de negociar con Bolivia una posible salida al océano Pacífico, afirmó ayer la abogada argentina Mónica Pinto en su alegato ante el Tribunal de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), con sede en La Haya.

Pinto, como parte de la defensa de Chile en el proceso de la demanda marítima, fundamentó su alegato basándose en la resolución 426 de la Organización de Estados Americanos (OEA) de 1979, cuya Asamblea se realizó en la ciudad de La Paz, y en otras 11 que se aprobaron entre ese año y 1989.

La abogada argentina afirmó que una de esas resoluciones no fue firmada por Bolivia y 29 años después la decisión regional no tuvo “ningún apoyo político, ni mucho menos jurídico, a las aspiraciones bolivianas, aunque el tema haya permanecido en el orden del día después de 1879”.

Afirmó que Bolivia no ha podido explicar por qué razón ha cambiado su interpretación de las resoluciones de la OEA; “ahora, en su memoria, Bolivia ha apoyado que las resoluciones de la OEA han conformado o han creado una obligación de negociar”.

Hizo referencia a la réplica de Bolivia y aseguró que en ella admite que “las resoluciones de las organizaciones bilaterales por sí solas no tienen un alcance jurídico vinculante”.

Pinto se refirió también al argumento que presentó la abogada de Bolivia Amy Sander, que hacía referencia a “desarrollar una nueva tesis” sobre la base de disposiciones y obligaciones de la carta de la OEA relativas a la resolución pacífica de litigios.

“Bolivia misma no intentaba conseguir con las negociaciones el informe sobre el problema del acceso de Bolivia al mar, no mencionan nuevas negociaciones ni mucho menos menciona una obligación de negociar; Bolivia considera y consideraba entonces sus aspiraciones, su supuesto derecho precisamente”, afirmó.

Con esos argumentos insistió en que la resolución de la Asamblea General no utiliza la palabra “obligación”, por el contrario, “insta” a los Estados afectados a iniciar —a través de las vías apropiadas— un diálogo en un espíritu de fraternidad latinoamericana.

“En las recomendaciones no hay nada que confirme la existencia ni establezca obligación de negociación que podría convertirse en obligación ineluctable para Chile y para Bolivia”, aseveró.

En cuanto al Abrazo de Charaña de 1975, Pinto afirmó que ese tema “quedó clausurado” y que la base del diálogo no era la condición de acceso soberano al mar.

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